DECRETO N° 521
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ERIGIDA EN COLEGIO ELECTORAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara: No se realizarán nuevas elecciones de Concejales para renovar el Ayuntamiento en el período 2008-2010, en el Municipio de SANTIAGO LAOLLAGA, Tehuantepec, Oax., que se rige mediante el sistema de partidos políticos, porque de realizarse se pondría en peligro la paz pública o la estabilidad de las instituciones. Se ratifica el Acuerdo emitido el 9 de marzo de 2008, por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, que establece en su resolutivo PRIMERO, que en el Municipio de SANTIAGO LAOLLAGA, perteneciente al V Distrito Electoral con cabecera en Ciudad Ixtepec, Oaxaca, no se llevará a cabo la elección extraordinaria de Concejales al Ayuntamiento, en virtud de no existir las condiciones necesarias para su celebración.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se designa como integrantes del Concejo Municipal de SANTIAGO LAOLLAGA, en términos de la propuesta remitida por el Gobernador del Estado, con la facultad que le otorga el artículo 79 fracción XV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, de entre los ciudadanos del Municipio a los siguientes:
CONCEJO MUNICIPAL DE SANTIAGO LAOLLAGA
CARGO NOMBRE
CONCEJERO PRESIDENTE. C. LUCIANO TOLEDO CRUZ
SUPLENTE C. RAMÓN BETANZOS GARCÍA
CONCEJERO SÍNDICO PROCURADOR C. ORLANDO SEBASTIÁN MARTÍNEZ
SUPLENTE C. AVELINO LOPEZ FIGUEROA
CONCEJERO DE PLANEACION C. IRMA CASTILLEJOS MARTINEZ
SUPLENTE C. GRACIELA ROJAS BETANZOS
CONCEJERO DE SALUD C. EVANGELINA GUTIEREZ RIVERA
SUPLENTE C. GUADALUPE ESPINOZA CASTRO
CONCEJERO DE DESARROLLO SOCIAL C. SERGIO SEBASTIÁN GUTIÉRREZ
SUPLENTE C. JESÚS SOLORZA CABRERA
CONCEJERO DE DEPORTES C. MINERVA ESPINOZA OSORIO
SUPLENTE C. LEOBARDO CEBALLOS ESPINOZA
CONCEJERO SÍNDICO HACENDARIO C. ALFONSO CHÁVEZ GUZMÁN
SUPLENTE C. JACINTO GUZMÁN ESPINOSA
CONCEJERO DE OBRAS C. MILTON TOLEDO ESPINOSA
SUPLENTE C. EFRÉN MANUEL RÍOS
CONCEJERO DE EDUCACIÓN C. JAIME SANCHEZ PEREZ
SUPLENTE C. MARTÍN REGALADO VÁSQUEZ
CONCEJERO DE ECOLOGÍA C. JOSE JUAN ÁLVAREZ CASTILLEJOS
SUPLENTE C. GUADALUPE VÁSQUEZ HERNÁNDEZ
CONCEJERO DE DESARROLLO C. ALEJO CEBALLOS MANUEL
AGROPECUARIO
SUPLENTE C. DARÍO ESPINOSA URCINO
Hágase del conocimiento el contenido del presente Decreto al Ciudadano Gobernador del Estado, para que proceda inmediatamente, en términos del artículo 140 de la Constitución Política del Estado, a tomar la protesta a los Concejeros, e instalar el Concejo Municipal de SANTIAGO LAOLLAGA, comunicando a este Honorable Congreso del Estado, el cumplimiento que se sirva dar a esta determinación.
Comuníquese el presente Decreto al Instituto Estatal Electoral; al Titular de la Contaduría Mayor de Hacienda; al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado, y a la Dirección de Gobierno, para los efectos legales procedentes.
T R A N S I T O R I O :
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de marzo de 2008.
DIP. ANTONIO AMARO CANSINO
PRESIDENTE.
RÚBRICA
DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ
SECRETARIA.
RÚBRICA
DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ
SECRETARIO.
RÚBRICA